La UE reconoce 4 ftalatos como disruptores endocrinos

La Unión Europea ha decidido clasificar cuatro ftalatos como disruptores endocrinos para los humanos bajo el reglamento REACH con vistas a restringir su uso.

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Molécula de DEHP

El 16 de febrero una mayoría cualificada de países apoyó la propuesta de la Comisión Europea de clasificar DEHP, BBP, DBP y DIBP como disruptores endocrinos. Estos cuatro compuestos químicos ya estaban considerados tóxicos para la reproducción y el uso de algunos de ellos está prohibido en productos como juguetes y electrónica.

DEHP (Dietil hexil ftalato): utilizado en plásticos para conferir flexibilidad. Se encuentra en el PVC.

BBP (Butil bencil ftalato): se emplea para plastificar el PVC, así como en perfumes y adhesivos. Se considera cancerígeno, mutagénico y tóxico para la reproducción.

DBP (Dibutil ftalato): también se usa como plastificante, en tintas, cosméticos, adhesivos y revestimientos de suelos.

DIBP (Diisobutil ftalato): es un plastificante con propiedades similares a las del DBP.

La Agencia Danesa de Medio Ambiente, quien ha impulsado estas restricciones por parte de la UE, afirma que el próximo objetivo es prohibir estas cuatro sustancias en otros productos de uso común en interiores o con los que las personas pueden entrar en contacto.

En una carta dirigida a los miembros del comité REACH el pasado 8 de febrero, la Fundación Alborada y otras organizaciones solicitaron que se clasificaran estas sustancias como disruptores endocrinos para evitar las consecuencias para la salud humana de la exposición a las mismas. La Fundación Alborada se muestra satisfecha por el resultado respecto a estos cuatro ftalatos, aunque espera que se adopten medidas más restrictivas en lo referente a los siloxanos D4 y D5, presentes en productos de higiene personal, cuya restricción de momento se limita a aquellos que se vayan con agua.

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